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SI TE MULTARON DURANTE EL PRIMER ESTADO DE ALARMA Y PAGASTE PUEDES RECLAMAR LA DEVOLUCIÓN DE LA MULTA 

El Tribunal Constitucional anula el artículo 7.1 del RD 463/2020, base de la mayoría de las multas impuestas durante el confinamiento

lema Keep Calm an Carry O

ME HAN PUESTO UNA MULTA POR SALTARME EL CONFINAMIENTO ¿¿QUÉ HAGO??

17/6/2020 - Guía si ha sido multado por saltarse el confinamiento

Lo primero: No ponerse nervioso pero…

Mientras que la sanción no haya sido notificada a su domicilio no es más que una denuncia que le ha puesto la policía, y puede ser que no todas las denuncias que se han puesto lleguen a tramitarse, es decir, puede que la “multa” no le llegue nunca a casa.

Y eso porque durante este período de confinamiento se han llegado a poner más de 1.200.000 denuncias, lo cual significa mucho trabajo, de hecho un volumen elevadísimo de trabajo para una Administración que tal vez no esté preparada para asumirlo.

Eso por un lado, y por otro que la base jurídica que está utilizando la Administración es defectuosa, y la propia Administración lo sabe porque así lo expresa un informe de la Abogacía del Estado, que igual no sirve para todas las denuncias que se han puesto pero sí para la mayoría.

Es más, puede que cuando finalice el estado de alarma todas las sanciones que no sean firmes dejarán de tener validez porque decaerá la competencia de las Delegaciones del Gobierno que en principio eran las encargadas de tramitarlas.

 

Entonces ¿Me va a llegar la multa o no?

Pues puede que sí, pero puede que no. Muy bien, no le estamos solucionando nada, déjeme explicárselo mejor.

A favor de que lleguen las multas, es decir, que la Administración decida tramitar su expediente está el hecho que estas multas se han puesto para obligar a la gente a permanecer en sus casas y evitar el contagio del Coronavirus, y ¿qué sucedería si no se tramitan? Que la población podría tener la sensación de impunidad y a la próxima ocasión, con la idea de que total no pasa nada, nadie hiciera caso a las órdenes del Gobierno.

Y también a favor de que se tramiten, que el Estado necesita dinero para pagar ERTES, pensiones mínimas y demás, y que siendo la sanción mínima de 600€, aunque sólo el 20% de los más de 1.200.000 multados paguen la sanción reducida de 300€ pues las arcas del Estado ya se engrosarían en 72.000.000€, que es un buen pico.

En contra de que lleguen las multas, pues que por la precipitación en que se incurrió al declararse el estado de alarma se ha empleado una técnica legislativa incorrecta, porque se nos ha ordenado dejar de hacer aquello que es lo más corriente para nosotros (salir a la calle, quedar con amigos, coger el coche) pero no se han previsto sanciones para el caso de incumplir las limitaciones, sino que simplemente se dijo que “y si no cumples se te sancionará de acuerdo con las leyes”… pero claro, en nuestro Ordenamiento Jurídico no hay leyes que te multen por salir a la calle, por ir a un entierro, o por conducir con un vehículo (siempre que cumplas con el Reglamento de Circulación).

También en contra de las multas que muchas de ellas se pusieron por funcionarios de la policía que no conocían perfectamente bien lo que se podía hacer y qué no, por lo tanto, hay muchas multas que están intentando sancionar conductas que era perfectamente autorizadas. Dicho lo anterior, que nadie piense que estoy culpando a los agentes, en absoluto, habrá de todo pero la mayoría ha hecho bien su trabajo o cuanto menos lo mejor que ha podido y debemos darles las gracias. Hemos de tener presente que de hoy a mañana cambiaba mucho la situación, que la policía ha tenido un trabajo muy duro y que los agentes eran los encargados de aplicar a las 6 de la madrugada una ley que se publicó a las 12 de la noche sin ser juristas ni tener por qué serlo, con lo que quiero decir que aún habiéndose leído la ley la interpretación que hizo el agente no es correcta y la multa es injusta.

 

 

¿Qué sucede entonces?

Pues como decíamos que a pesar de que las multas son defectuosas desde el punto de vista jurídico y algunas ilegales porque se han puesto bajo una interpretación errónea de la ley, la Administración no puede dejar de tramitarlas (al menos no todas) porque si no a la siguiente situación similar la población tendría un sentimiento de impunidad y podría decir que da igual que me multen porque después no me van a hacer paga.

Así pues la Administración se ve en la obligación de tramitar, sino todas, algunas de las denuncias que ha puesto la policía, aún a sabiendas de que nacen tocadas de muerte ya porque su base es jurídicamente insostenible ya porque están intentando sancionar conductas permitidas, y las tramitan por tanto a sabiendas que en el caso de que se recurra la multa tendrán que dar la razón al ciudadano.

 

Me has dicho antes que espere pero…. Pero ¿Qué?

Espero pero guarde todo aquello que nos pueda servir como prueba para el caso de que llegue la multa.

Por ejemplo:

  • Si te multaron por ir a comprar, guardar el ticket de la compra, y si pagaste con tarjeta el resguardo de la tarjeta.
  • Si te multaron por volver a tu domicilio desde tu segunda residencia, guardar todo lo que pueda servir para acreditar que desde el confinamiento estuviste viviendo en un lugar distinto de tu domicilio, y pensar como puedes probar cuál es tu domicilio (si es el que pone el DNI bastará fotocopia del DNI), y cómo probar que desde que se declaró el confinamiento estabas en tu segunda residencia (facturas de la luz, tickets de compra en establecimientos cerca de tu segunda residencia, etc…)
  • Si te multaron por salir a la calle pero en realidad no saliste, testigos que puedan decir que estabas en casa si es que vives con alguien, tu historial de desplazamientos de Google Maps por ejemplo.
  • Si te multaron por no llevar la mascarilla e ibas con alguien, acordarte de con quién ibas para que pueda prestar declaración jurada como testigo.

 

 

Muy bien, ¿y hasta cuándo tengo que esperar?

Pues si pasado un año desde que te multaron (en la calle) no te ha llegado la notificación a casa la multa ya debería estar prescrita y no se tendría que pagar.

Pero hay que tener en cuenta que cuando se declaró el estado de alarma se paralizaron los plazos administrativos, y no se reanudaron hasta el día 1 de junio de 2020, con lo cual para estar seguros si el día 2 de junio de 2020 no ha llegado la multa ya no se tendrá que pagar (a no ser que te hayan puesto la multa después del 1 de junio de 2020, claro).

Entonces y en definitiva, ¿qué hago si me han multado durante el confinamiento?

Pues esperar a que llegue la multa a casa si es que llega, y:

  • Si quieres formar parte del rebaño de los mansos o crees que el recurso a tu sanción no podría prosperar porque desobedeciste al agente que te multó, te aconsejo que vayas ahorrando unos 50€ cada mes hasta que llegues a 300, de manera que cuando te llegue la mula puedas pagarla reducida a la mitad, y si no llega ahí tienes unos ahorrillos para gastarte en lo que te apetezca.
  • En otro caso, mantén la calma y guarda como oro en paño todo lo que te pueda servir como prueba para el caso de que llegue la multa y puedas recurrirla, porque toda sanción injusta puede ser recurrida.

 

TODA SANCIÓN INJUSTA PUEDE SER RECURRIDA

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